El Consejo de ministros aprobó el 14 de marzo el acuerdo por el que España y el Reino Unido procederán al reconocimiento recÃproco y canje de los permisos de conducción asà como al intercambio de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, poniendo fin a varios meses de prórrogas al canje de permisos tras la salida definitiva de la Unión Europea por parte del Reino Unido.
A partir de ahora, los titulares de un permiso de conducción válido y en vigor expedido por cualquiera de los dos Estados podrán solicitar el canje de su permiso de conducir por otro equivalente en el lugar donde resida, sin necesidad de realizar ninguna otra prueba teórica o práctica adicional.
Se podrán canjear todos los permisos o licencias válidos expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del acuerdo, mientras que aquellos que se obtengan después de su entrada en vigor, el requisito indispensable para su canje es que haya sido expedido en el paÃs donde el solicitante tuviera su residencia legal.
Con este acuerdo, los ciudadanos británicos que no habÃan solicitado el canje de su permiso de conducir antes del Brexit, ni en las sucesivas prórrogas que se han ido otorgando durante este tiempo, podrán solicitarlo ahora a partir del 16 de marzo en las jefaturas provinciales de tráfico. Mientras se realiza la tramitación administrativa del canje, se les concederá un periodo de seis meses, durante el cual podrán circular por España con su permiso original mientras reciben el equivalente español.
Además del reconocimiento recÃproco, en este acuerdo ambos paises se comprometen a proporcionarse mutuamente información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.